• Institución
  • Entidades participantes
  • Postgrados
    • Máster en Asesoría Fiscal y Práctica Profesional – Presencial Asturias. 29ª edición. 2022/23
    • Máster en Asesoría Fiscal y Práctica Profesional – Mod. Online
  • Cursos y seminarios
  • Blog
    CDD Alumni  | CDD Business Club  | (PIF) Pack Individual de Formación  | Foro Economistas  |
    Actividades celebradas  | Agenda   | Contacto   | Acceso aula virtual
    CDD
    • Institución
    • Entidades participantes
    • Postgrados
      • Máster en Asesoría Fiscal y Práctica Profesional – Presencial Asturias. 29ª edición. 2022/23
      • Máster en Asesoría Fiscal y Práctica Profesional – Mod. Online
    • Cursos y seminarios
    • Blog

      Fiscal

      • Inicio
      • Blog
      • Fiscal
      • Modificaciones en el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades : Impacto negativo para las sociedades

      Modificaciones en el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades : Impacto negativo para las sociedades

      • publicado por Vanessa Méndez
      • Categorías Fiscal
      • Fecha 22 noviembre, 2016
      • Comentarios 0 Comentarios
      Empresa

      El pasado 30 de septiembre de 2016, se aprobó mediante Real Decreto-ley la modificación en el régimen de pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades (en adelante, IS), medida de aplicación a aquellas empresas cuyo importe neto de la cifra de negocios en los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el período impositivo, sea al menos 10 millones de euros.

      En concreto, dicha modificación se sustenta fundamentalmente en dos cuestiones. Por un lado, se establece un porcentaje incrementado para el cálculo del pago fraccionado sobre la base imponible corrida, que será el resultado de multiplicar por diecinueve veinteavos el tipo de gravamen redondeado por exceso, esto es, 24% si el tipo impositivo es el general. De este modo, el tipo impositivo a aplicar en el pago fraccionado es cercano al tipo nominal del Impuesto.

      Por otro lado, se establece un pago mínimo del 23% con carácter general sobre el resultado positivo de la cuenta de pérdidas y ganancias del período al que corresponda el pago fraccionado, minorado exclusivamente en los pagos fraccionados realizados con anterioridad.

      Estas reglas ya han sido aplicadas en el cálculo del pago fraccionado del IS presentado en octubre por las sociedades, teniendo un negativo impacto para las mismas.

      En este sentido, especialmente gravosa es la situación de entidades con bases imponibles pendientes de compensar de ejercicios anteriores pero que el ejercicio en curso están teniendo un resultado contable positivo. De este modo, conforme a la nueva regla del pago mínimo, tienen que realizar un pago mínimo del 23% sobre dicho resultado contable, no pudiéndose aplicar las bases imponibles negativas pendientes de aplicar.

      Por tanto, a las sociedades que se encuentran en esta situación sufrirán en un primer momento un relevante impacto a nivel de tesorería como consecuencia del adelanto de impuestos a través de esta medida, que no obstante, se verá compensado en el momento de la presentación de la declaración (un año después) por la devolución de la diferencia entre la cuota a pagar y el impuesto anticipado. Consecuentemente, el adelanto del impuesto al fisco supondrá un efecto financiero importante para las sociedades.

      *Vanessa Méndez es Asociada Senior Deloitte Abogados y colaboradora habitual de los programas del CDD

      Etiqueta:Fiscal, Impuesto sobre Sociedades

      • Compartir:
      author avatar
      Vanessa Méndez

      Publicación anterior

      Operaciones de reestructuración de deuda : Tratamiento contable y fiscal
      22 noviembre, 2016

      Siguiente publicación

      Acuerdo extrajudicial de pagos o el camino hacia el “volver a empezar”
      30 noviembre, 2016

      También te puede interesar

      Dbk2lbbxcaiqbte
      Vinculación para la administración de las consultas a la Dirección General de Tributos
      19 mayo, 2021
      alquiler trasteros
      Tributación en el cambio de uso y posterior venta de un inmueble arrendado
      11 mayo, 2021
      key 2323278 1920
      Asunción de deudas pendientes con la comunidad de propietarios en la adquisición de un inmueble
      23 abril, 2021

      Deja una respuesta Cancelar la respuesta

      Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

      NOVUS

      Permanece informado de las novedades del ámbito económico, jurídico y empresarial.




      Se le informa de la incorporación de sus datos a los sistemas de información del Responsable de Tratamiento: Colegio de Economistas de Asturias (CEA) para uso interno; gestión administrativa; acceso y gestión de servicios y/o de actividades; gestión de respuestas a consultas / solicitudes de información, reclamaciones o incidencias; envío, en su caso, de boletines, folletos, informes o similares y, en caso de que haya consentido, para las finalidades descritas en los consentimientos adicionales.

      El interesado podrá acceder, rectificar y suprimir los datos, así como limitar, retirar u oponerse al tratamiento conforme a los procedimientos establecidos en nuestra política de privacidad.

      CONTACTO

      Te escuchamos

      Teléfono
      915 220 131
      Email
      centro@desarrollodirectivo.es

      ESCRÍBENOS

      Nuestros consultores académicos te asesorarán sin compromiso

        Se le informa de la incorporación de sus datos a los sistemas de información del Responsable de Tratamiento: Colegio de Economistas de Asturias (CEA) para uso interno; gestión administrativa; acceso y gestión de servicios y/o de actividades; gestión de respuestas a consultas / solicitudes de información, reclamaciones o incidencias; envío, en su caso, de boletines, folletos, informes o similares y, en caso de que haya consentido, para las finalidades descritas en los consentimientos adicionales.

        El interesado podrá acceder, rectificar y suprimir los datos, así como limitar, retirar u oponerse al tratamiento conforme a los procedimientos establecidos en nuestra política de privacidad

        Acepto recibir información a través de medios escritos, telefónicos o digitales, sobre las actividades y servicios del Colegio de Economistas de Asturias y novedades, noticias e información que pudieran ser de mi interés.

        Acepto de forma inequívoca la presente cláusula, el Aviso Legal y la Política de Privacidad*Acepto de forma inequívoca la presente cláusula, el Aviso Legal y la Política de Privacidad *

        logo-cdd

        (34) 915 22 01 31

        centro@desarrollodirectivo.es


        CDD

        • Institución
        • Blog
        • Aula virtual CDD

        Postgrados

        • MAF Asturias
        • MAF Online
        • MAF Córdoba

        Copyright @ 2019 Centro de desarrollo directivo

        • Aviso legal
        • Política de privacidad
        • Política de cookies